viernes, 17 de marzo de 2017

PROHIBIDOS BENEFICIOS PROCESALES A RESPONSABLES DE DELITOS SEXUALES CALIFICADOS COMO ATROCES POR LA SALA CONSTITUCIONAL

PROHIBIDOS BENEFICIOS PROCESALES A RESPONSABLES DE DELITOS SEXUALES CALIFICADOS COMO ATROCES POR LA SALA CONSTITUCIONAL




La Sala Constitucional con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, estableció con carácter vinculante, que en el juzgamiento de algunos delitos previstos tanto en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia como en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, una vez desvirtuado el principio de presunción de inocencia, mediante sentencia condenatoria definitivamente firme, no podrán otorgarse los beneficios procesales establecidos en la ley ni habrá lugar a la aplicación de fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.

Indica la decisión que lo anterior aplica en el juzgamiento de los siguientes delitos recogidos en la mencionada Ley: 1) violencia sexual, tipificado en el artículo 43, y cometido en forma continuada; 2) acto carnal con víctima especialmente vulnerable, artículo 44; 3) prostitución forzada, artículo 46; 4) esclavitud sexual, artículo 47; 5) tráfico ilícito de mujeres, niñas y adolescentes, articulo 55; 6) trata de mujeres, niñas y adolescentes, articulo 56; 7) explotación sexual de niños y adolescentes varones, cometido en forma continuada, artículo 258 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 8) abuso sexual niños y adolescentes cometidos de manera continuada, artículos 259 y 260 de la misma Ley.

Estos hechos punibles, calificados por la Sala como delitos atroces, configuran una violación sistemática de los derechos humanos, que muestran en forma dramática los efectos de la discriminación y subordinación de la mujer (incluidas niñas y adolescentes) por razones de sexo en la sociedad.

Igualmente estableció la Sala Constitucional con carácter vinculante, que cuando la víctima agredida de los delitos señalados, sea niño, niña y adolescente, empezará a computarse el lapso de prescripción de la acción penal, desde el día en que cumpla su mayoría de edad o en el caso de que se produzca la muerte de la víctima siendo menor de edad, desde el día que la misma fallezca. Las razones de considerar la prescripción de una manera especial es evitar, por una parte, la impunidad en el enjuiciamiento de este tipo de delitos, en resguardo de las víctimas que padecen traumatismos psicológicos denominados "traumatismo del silencio", traumatismo del incesto" o "traumatismo de pedofilia", y por la otra, de la responsabilidad de liberar al Estado por omisión al no castigar de manera ejemplarizante tales delitos que constituyen actos violentos que atentan contra los derechos humanos.

Además, indica la sentencia que "esas conductas delictivas atroces de graves violaciones a los derechos humanos alcanzan un nivel elevado de reproche dentro del mundo jurídico internacional, lo cual ha permitido que la República Bolivariana de Venezuela suscriba, en aras de velar cabalmente por la protección de las víctimas, diversos tratados o convenios internacionales para erradicar la comisión de otros hechos punibles", reiterando en dicho contexto además, que toda violación contra los derechos humanos se hace extensible incluso a las acciones de actores no estatales, terceros y particulares.

De esta manera la Sala Constitucional en su sentencia N° 91/2017, publicada el 15 de marzo de 2017, declaró no ha lugar la solicitud de revisión interpuesta por los defensores privados del procesado, de la decisión N° 098, dictada el 5 de abril de 2013, por la Sala de Casación Penal del TSJ, que desestimó, por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por los referidos profesionales del derecho contra el dictamen de 13 de septiembre de 2012 de la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento que confirmó la sentencia que condenó al solicitante a cumplir la pena de 26 años, seis meses, 22 días y 12 horas de prisión, por la comisión del delito de violencia sexual continuada.

Fuente: TSJ


viernes, 10 de marzo de 2017

Intentó abusar de un adolescente en el baño de la terminal.

Solo coloco esta noticia para que vean que mal estamos en américa latina, los abusadores sexuales hacen de las suyas y los dejan libres. Esto fue en Argentina.

El hombre tiene 39 años y estaba armado. Quedó detenido. Atacó a un joven de 17, que se defendió a los golpes.



Un hombre fue detenido en la tarde ayer, luego de que intentara abusar de un adolescente en el baño de la terminal de ómnibus del centro de Pilar.

El hecho ocurrió alrededor de las 19, cuando el lugar estaba en pleno funcionamiento y con gran cantidad de transeúntes. Allí, de acuerdo a las fuentes policiales, un hombre de 39 años que trabaja en la zona como petisero manoseó a un chico de 17 años que había ingresado al baño.

Según las fuentes, el hombre comenzó a tocar las partes íntimas del joven, que no lo permitió y se defendió a los golpes, tanto patadas como puñetazos. Incluso, los padres del adolescente también estaban en la terminal, esperándolo fuera de los baños.

Para ese momento ya habían reaccionado otros transeúntes, que lograron reducir al hombre: allí se descubrió que estaba armado con un revólver y un facón. Al llegar la policía, quedó detenido por "abuso sexual simple”.

Trabajador de FERROMINERA muere al enfrentar a policía que intentaba atracarlo.


El funcionario falleció tras enfrentarse a un trabajador de Ferrominera que se hallaba en un puesto de comida rápida. El agente Gacson Rodríguez debía estar cumpliendo servicio en la Fundación del Niño, pero dejó su lugar de trabajo para ir a robar y matar. Un caso más que refleja el estado de descomposición de los cuerpos de seguridad del Estado.

Eran las 10:30 de la noche de este lunes. Pedro Manuel Noriega Núñez estaba en un puesto de comida rápida en la avenida 17 de Diciembre, en el barrio Negro Primero, en Ciudad Bolívar, cuando fue interceptado por dos delincuentes para robarle el carro.

Los sujetos le pidieron sus pertenencias al hombre que trabajaba en el área de administración de la estatal Ferrominera Orinoco, quien se resistió al robo, sacó su pistola y disparó a los malhechores, a quienes logró herir de gravedad.

Nadie pudo hacer nada para evitar que los individuos le dispararan a Noriega, a quien sus credenciales de ex Disip y haber estado armado no le impidieron quedar tendido en la acera. Los testigos avisaron a funcionarios de la Policía del estado Bolívar (PEB), que se trasladaron al sitio localizando al hombre muerto.

En la escena del crimen también quedaron tendidos los dos delincuentes malheridos. Ambos fueron llevados hasta la emergencia del hospital Ruiz y Páez donde fallecieron.

Para la sorpresa de los funcionarios estadales, una de las caras de los muertos les era familiar: era su compañero de labores Gacson Rodríguez.

El uniformado se suponía que para la hora del incidente debía estar cumpliendo servicio en la Fundación del Niño, pero dejó su lugar de trabajo para ir a cometer el robo.

El otro abatido no contaba con documentos de identidad. Se espera que sea identificado en las próximas horas en la morgue del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), en Ciudad Guayana.

El empleado de Ferrominera Orinoco muerto durante el robo, al parecer, estaba de vacaciones y había salido de su casa, que queda cerca de donde ocurrió el lamentable incidente, a comprar comida para su familia. Trascendió que Noriega era hermano de un funcionario adscrito a la Dirección de Operaciones de la PEB.

Alteró escena del crimen

Tras el enfrentamiento comisiones del Cicpc, Subdelegación Ciudad Bolívar, se trasladaron hasta el sitio para recabar las evidencias. El arma del funcionario que participó en el atraco no estaba en el lugar.

Minutos después el revólver Glock, 38 milímetros, le fue localizada al oficial de la PEB, Yosmel Alexander Acevedo Arcia, de 26 años, quien quedó a órdenes del Ministerio Público por alteración de la escena del crimen.

jueves, 9 de marzo de 2017

Yo Maté a mi Violador cuando vino a buscar a mi hermana pequeña.

Ver este vídeo me llena de rabia, impotencia y dolor. Que asco, enserio que asco que existan personas como ese sujeto que no merece ser llamado hombre, no es más que el propio demonio.



Cuando ya no pudo tolerar más el abuso, agarró un cuchillo y le asestó un golpe en la cabeza.




Vivimos en un mundo donde las mujeres violentadas sexualmente son castigadas y los hombres esos ... que lo único que hacen es dañar la vida de mujeres inocentes solo para satisfacer sus necesidades, no son castigados. Es realmente una pena saber que esta victima tuvo las agallas para salir y parar todo esto, y como le pagan metiendola en la carcel. Mujeres como ella no deben pedir perdón a nadie, simplemente decidieron enfrentar su pesadilla y dejar a un lado todo. No hubo nadie que la cuide y aún así pide perdón...

martes, 7 de marzo de 2017

ABERRADO SEXUAL SUELTO EN EL BARRIO: JOSE GREGORIO HERNANDEZ SECTOR CASTILLITO.

ABERRADO SEXUAL SUELTO EN EL BARRIO: JOSE GREGORIO HERNANDEZ SECTOR CASTILLITO.




Soy oficial de policía de la Comisaría Cachamay y “Tomo estas acciones de publicar la noticia debido a que no hay Justicia y por unos pocos Bs. dejan libre a cualquier delincuente”, el día sábado 04/03/2017 se nos presento en nuestras oficinas una madre y su hija de 4 años de edad, la cual había sufrido el ataque de un aberrado sexual llamado Darwin Jose Castillo o Dharwhin Corthez como se hace llamar en Facebook este delincuente. 


Perfil el Facebook: https://www.facebook.com/profile.php?id=100004084903501

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Este delincuente sufre de Pedofilia: Excitación a través de fantasía o contactos sexuales con MENORES de edad. 

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El violador “Porque es lo que es o hará”, fue descrito por sus vecinos como un muchacho loco, psicópata y con trastornos de bipolaridad, además de abusador sexual y delincuente.



Su última víctima y quien llego a nuestra cede Comisaría Cachamay ubicada en el estado bolívar, escapó de sus garras la tarde del pasado sábado, luego de haber sufrido una espantosa experiencia llegando al punto en el que la niña relato con sus propias palabras que el aberrado toco sus partes con SU LENGUA; Luego de recibir sus declaraciones realizamos inmediatamente la captura del delincuente y revisión de 2 viviendas donde realiza sus fechorías, las cuales ponemos a su disposición vía satélite: 



Debido al relato de la niña pudimos conocer que El aberrado le tomo fotografías con un teléfono celular, pero no se pudo encontrar esta evidencia. El delincuente fue colocado a la orden de la fiscalía para que tomara las acciones pertinentes. 



TODO, TODO nuestro trabajo fue echado a la BASURA el día 06/03/2017 cuando la Fiscal numero 13 MIRIAN ALICIA GARCÍA BRITO dejo en libertad a este delincuente “Por no encontrar muestras de PENETRACIÓN”, es decir, que el Violador debe realizar lo peor para que ELLA pueda actuar; Pues todos sabemos que esto no es así, todos sabemos que reciben sobornos y por ello quedan libres los delincuentes. 



¿Aplica esta fiscal lo correspondiente a que la es JUSTICIA CIEGA?



Absoluto ABERRADO es Darwin Jose Castillo que no merecen ninguna consideración y en una sociedad civilizada debería ser eliminado, por agredir de la manera más brutal y sucia a NIÑAS, las personas más vulnerables de la Humanidad, las que esperan y tienen el DERECHO a recibir PROTECCIÓN y no agresión. En nuestro país, y con la "ayuda" de abogados defensores y funcionarios complacientes “QUE RECIBEN DINERO”, estos HDLGP estarán libres en muy poco tiempo, reincidiendo, porque en Venezuela no hay REEDUCACIÓN, ni se puede ni se debe reeducar a quienes son capaces de cometer esas atrocidades!. 

 


Conocidos dirán: Pero el no es así, el es Bueno, no digan eso...

¿Disfrazados en la sociedad?

Las personas catalogadas con trastornos sexuales pueden llevar diferentes “estilos de vida”. Hay casos en que estos individuos llevan una vida social activa, que no permite sospechar trastornos íntimos como en otras patologías del carácter. Por el contrario otros se aíslan en sus fantasías y comportamientos, con graves repercusiones sobre su rendimiento laboral, estudiantil o su vida conyugal o social, simplemente compran, roban y coleccionan material pornográfico, prendas o películas referidas a su trastorno y eso les basta como toda vida sexual. Así, la repercusión social del trastorno parafilico asociado a la locura es variable.

Que hacen nuestras autoridades superiores al respecto, que esta noticia llegue a todo el mundo. ¿Que haría el Sr. Rangel Gomez o el Sr. Nicolas Maduro si se tratara de su hija, sobrina o nieta?

Lo que puedo decirle a todas esas personas que pasan por este tipo de problemas no se queden calladas, estos casos no se quedaran impunes.

Necesitas publicar alguna noticia sin rodeos, escríbeme a justiciaciegavenezuela@gmail.com y me encargare de publicarla.